Enfermería de Salud Mental

El Servicio de Psiquiatría del Consorcio Sanitario de Terrassa (CST) se fundó en 1994. Al cabo de sólo un año, ya estaba acreditado para la formación de especialistas en Psicología Clínica y Psiquiatría.


Desde entonces hemos crecido en dispositivos de atención a la Salud Mental: empezamos con una Unidad de Agudos, un Programa de interconsulta, la Unidad de Neuropsicología, Psiquiatría Perinatal, Psiquiatría Oncológica y del Adolescente, y atención al servicio de urgencias con presencia física las 24 horas del día; posteriormente incorporamos la Unidad de Juego Patológico y Adicciones no tóxicas, el Centro de Salud Mental de Adultos de Terrassa y la Unidad de Hospitalización Parcial de Salud Mental; y más recientemente, todos los dispositivos de atención a la Salud Mental de Rubí y Castellbisbal, con un Servicio de Rehabilitación Comunitaria, un Centro de Salud Mental de Adultos, un Centro de Salud Mental InfantoJuvenil y un Centro de Atención y Seguimiento de Drogodependencias. Desde primeros de 2016 el CatSalut ha encargado la gestión del Servicio de Rehabilitación Comunitaria de Terrassa en el Ámbito de Atención a la Salud Mental del CST.

Este crecimiento ha permitido incrementar nuestra capacidad docente con la acreditación para formar a dos residentes de Psicología Clínica y dos residentes de Psiquiatría por año. Desde el año 2011, también hemos sido acreditados como Unidad Docente Multiprofesional de Salud Mental con la acreditación para formar a dos residentes de enfermería especialista en Salud Mental.

Nuestra historia demuestra un interés por la Docencia desde la fundación del Servicio de Psiquiatría del CST, que perdura en la actualidad con mayor dedicación e ilusión.


  • Ámbito de atención a la Salud Mental

    El Ámbito de atención a la Salud Mental del Consorci Sanitari de Terrassa (CST) está acreditado para formar residentes de enfermería en Salut Mental desde el año 2011 con dos residentes por año.

    El residente de enfermería de Salud Mental (EIR) queda integrado desde el inicio a un amplio equipo multidisciplinar, participando activamente en aspectos asistenciales, investigadores y organizativos.

    El ámbito de Salud Mental del CST está formado por diferentes dispositivos hospitalarios y comunitarios.

    Los dispositivos de los que dispone el ámbito de Salud Mental del CST son:

    • Unidad de Hospitalización de Agudos de Psiquiatría
    • Dos Centros de Salud Mental de Adultos (CSMA)
    • Unidad de Hospitalización Parcial (UHPSMA)
    • Dos Servicios de Rehabilitación Comunitaria (SRC)
    • Centro de Atención a Toxicomanías (CAS)
    • Unidad de juego patológico y adicciones no tóxicas
    • Centro de Salud Mental Infanto-Juvenil (CSMIJ)

    El ámbito de actuación de los enfermeros especialistas en salud mental abarca tanto la atención hospitalaria, en régimen de hospitalización total o parcial, como la atención a la comunidad a través de los centros de salud mental especializados, centros de atención primaria, domicilios, instituciones sociales (escuelas, residencias, centros de acogida…) y/o centros destinados a realizar actividades rehabilitadoras relacionadas con la salud mental. Esta actuación especializada, se desarrolla tanto en los centros del Sistema Nacional de Salud como en centros privados debidamente autorizados.

    El EIR de salud mental contará con la figura del tutor, que es un especialista de enfermería de salud mental.

    Se utilizarán técnicas de enseñanza y aprendizaje, tanto presenciales como semi-presenciales, con una metodología docente que confiere prioridad al aprendizaje autónomo tutorizado y a la utilización de métodos creativos de aprendizaje, que aseguran la ponderación y la coordinación con la formación clínica, a través de un aprendizaje experiencial y reflexivo basado en la práctica asistencial, en la evidencia científica contrastada tanto a nivel conceptual como a nivel empírico y en los principios de interdisciplinariedad y multidisciplinariedad de los equipos profesionales en la atención sanitaria.

    El seguimiento y calificación del proceso formativo de adquisición progresiva de competencias profesionales durante el periodo de residencia se llevará a cabo mediante evaluación formativa continua, anual y final, tal y como indica el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero.

  • Marco legal (Régimen jurídico de la formación: BOE)

    El Sistema de formación sanitaria especializada de nuestro país ha configurado los cuidados en salud mental como una especialidad de enfermería y, como tal, aparece relacionada en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería y en el anexo del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.

    A este respecto, y tal como se establece en el artículo 15 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias: «la formación especializada en Ciencias de la Salud, es una formación reglada y de carácter oficial que tiene como objeto dotar a los especialistas de los conocimientos, técnicas, habilidades y actitudes propios de la correspondiente especialidad, de forma simultánea a la progresiva asunción por el interesado de la responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la misma».

    Para obtener el título de la Especialidad de Enfermería de Salud Mental, las enfermeras residentes cumplirán el programa formativo en Unidades Docentes de Salud Mental multiprofesionales, acreditadas para la formación de especialistas en enfermería de salud mental que cumplan los requisitos generales de acreditación aprobados al efecto, durante un período de dos años a tiempo completo.

    El acceso a la formación, su organización, supervisión, evaluación y acreditación de unidades docentes multiprofesionales de Salud Mental, se llevará a cabo conforme a lo previsto en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, antes citado.

    El régimen jurídico que regula la relación laboral que une a la residente con la entidad titular de la unidad docente donde se está formando, se atendrá a lo previsto en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.

    La formación teórica y práctica clínica de este programa se llevará a cabo durante la jornada laboral, sin perjuicio de las horas que se presten en concepto de atención continuada y de las horas personales de estudio al margen de dicha jornada.

  • Programa oficial de especialidad (POE)

    La Formación Sanitaria Especializada (FSE), definida en el BOE del 24 de mayo de 2011, tiene como objetivo conseguir especialistas competentes que den respuesta a las necesidades de la sociedad en el ámbito de la salud.

    El perfil competencial de la enfermera Especialista en Salud Mental implica que, al concluir su programa formativo, esté capacitada para desarrollar todas aquellas competencias para las que ha estado formada. La aportación profesional del especialista deriva del trabajo que desarrolla con las personas y de las respuestas que debe dar a las alteraciones de la salud mental, con los aspectos afectivos que la conducta humana lleva implícitos y con la potencialidad de éstos a incidir en la capacidad de integración socialmente aceptable de los individuos.

    Las competencias que debe adquirir el especialista en formación quedan reflejadas de forma más o menos específica en el POE, que debe ser, por tanto, la guía a seguir por la Unidad Docente Multiprofesional en la formación de sus residentes.

    La adaptación de los POE a la realidad de cada centro constituirá el Programa o Guía formativa tipo.

    POE Infermeria

  • Guía formativa tipo

    La guía formativa está basada en el programa oficial de la especialidad y supone una adaptación de sus principales puntos a las características de la UDM. Sus objetivos son: adaptar el programa oficial al contexto de la unidad docente, servir de programa formativo común para todos los residentes del servicio, sentar las bases de planificación del programa formativo a lo largo de toda la residencia, concretar los principios fundamentales de los procesos formativos y servir de guía para la elaboración de los planes individuales anuales de cada residente.

    Guia formativa

  • Protocolo supervisión

    El sistema de formación por residencia implica la asunción progresiva de responsabilidades y un nivel decreciente de supervisión. A medida que el residente avanza en la adquisición de las competencias previstas en el programa formativo de la especialidad, va alcanzando el grado de responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la especialidad.

    La supervisión de los residentes de primer año será de presencia física (RD 183/2008, de 8 de febrero). A partir del segundo año la supervisión será decreciente hasta la total autonomía al finalizar la residencia.

    Protocol supervisió resident

  • Programa individual de formación (PIF)

    El Programa individual de formación (PIF) es el documento/instrumento que recoge la planificación temporal de las actividades formativas teórico-prácticas, que debe realizar el residente en cada uno de los períodos formativos a lo largo de toda la residencia.

    Sirve para organizar, secuenciar, graduar y adaptar sus aprendizajes a las características de cada residente.

    Permite al tutor tener una visión de conjunto de todas las actividades de formación en las que debe participar el residente, para facilitar una correcta coordinación e implicación de todos los agentes involucrados en el proceso.

    Permite al residente conocer desde el primer momento cuáles son las actividades en las que debe participar, reduciendo el nivel de incertidumbre, estableciendo y reforzando compromisos docentes, organizando el tiempo y los recursos de la forma más eficiente para que sea consciente de su propio proceso de aprendizaje.

    El tutor de la Unidad docente (UD) entregará el PIF al residente en el inicio de su formación junto con el Programa oficial de la especialidad y la guía de la UD.

  • Libro del residente

    El libro del residente es un registro individual de las actividades que realiza cada residente durante su período formativo. Es el instrumento que evidencia el proceso formativo del residente, al que se incorporarán los datos cuantitativos y cualitativos que se valorarán en la evaluación. Debe ser un instrumento de autoaprendizaje que favorezca la reflexión individual y conjunta con el tutor, a fin de asegurar la adecuación de las actividades llevadas a cabo por el residente y hacer posible la corrección de déficits formativos.

    Es propiedad del residente, que debe rellenarla con la ayuda y supervisión del tutor. Los datos que contenga estarán sujetos a la legislación vigente sobre protección de datos personales y secreto profesional.

    Tiene carácter obligatorio (RD 183/2008, de 8 de febrero). La Comisión Nacional de cada especialidad tiene el encargo de su elaboración.


DATOS DE CONTACTO
  • Director de Atención a la Salud Mental y Coordinador de la UDM de Salud Mental

    Vicenç Vallès
    vvalles@cst.cat

    T. 93 700 36 00 ext. 2791

  • Presidenta de la subcomisión de enfermería de Salud Mental

    Maria Montoro
    mmontoro@cst.cat

    T. 93 700 36 00 ext. 2791

  • Tutora de Enfermería especialista en Salud Mental

    Conchi Delicado
    cdelicado@cst.cat

    T. 93 588 73 73

  • Tutor de Enfermería especialista en Salud Mental

    Pablo Tari
    ptari@cst.cat

    T. 93 783 16 06

  • Tutora de Enfermería especialista en Salud Mental

    Mariló Martínez
    mmartinezf@cst.cat

    T. 93 783 16 06